Cuando esta presente el riesgo de exposición a polvo de sílice cristalina, las actuaciones médicas son fundamentales para el control, tanto de la exposición como de las actuaciones técnicas aplicadas. Cuando hacemos referencia a las actuaciones médicas nos estamos refiriendo a la Vigilancia de la Salud que viene recogida en toda la normativa de aplicación referente a la exposición del polvo de sílice cristalina.

La Vigilancia de la Salud se debe de realizar:

  • Antes del inicio de la exposición, ya sea por nueva incorporación o por cambio de puesto de trabajo.
  • A intervalos regulares en lo sucesivo, con la periodicidad que las guías y protocolos de la administración, o el médico del trabajo responsable, establezcan, y tras una ausencia prolongada por motivos de salud, con la finalidad de descubrir sus eventuales orígenes profesionales y recomendar una acción apropiada para proteger a los trabajadores.
  • Cuando sea necesario por haberse detectado en algún trabajador de la empresa, con exposición similar, algún trastorno que pueda deberse a la exposición a polvo respirable.

Los exámenes de salud incluirán:

  • Historia clínico-laboral, en la que además de los datos de anamnesis.
  • Exploración clínica.
  • Control biológico.
  • Estudios complementarios en función de los riesgos inherentes al trabajo.
  • Descripción detallada del puesto de trabajo.
  • Tiempo de permanencia en el puesto de trabajo.
  • Los valores de las mediciones a los que haya estado expuesto el trabajador.
  • Los riesgos detectados en la evaluación de riesgos.
  • Las medidas de prevención adoptadas.

Los valores de exposición a los que estén sometidos los trabajadores se registrarán, periódicamente, en fichas individualizadas para cada trabajador a fin de conocer el riesgo acumulado al que han estado expuestos. Estas fichas se adjuntarán a su expediente médico.
Los resultados de la vigilancia de la salud serán comunicados a los trabajadores afectados, quienes podrán, además, solicitar la revisión de los mismos.

Para llevar a cabo la Vigilancia de la Salud se debe de seguir el Protocolo de vigilancia sanitaria específica. Silicosis, del Ministerio de Sanidad.

Se recomienda la consulta del apartado incluido en esta web denominado detección y tratamiento.

PREVENCIÓN PRIMARIA

Consiste en mantener los niveles de polvo respirable dentro de los límites que marca la legislación.

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PREVENCIÓN SECUNDARIA

Tiene como objetivo principal identificar la enfermedad en sus fases precoces y establecer una especial vigilancia sobre los trabajadores afectos.

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PREVENCIÓN TERCIARIA

Pretende evitar la progresión de la enfermedad ya establecida y el diagnóstico y tratamiento de sus complicaciones se debe de establecer una prevención terciaria.

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